TEXTO LEGAL
ENCARGO DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES
REUNIDOS
DE UNA PARTE: LUISA RIPOLL SIQUIER (en adelante EL RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO), con CIF 43088120N y domicilio en Carrer Perez Galdos 10, 5º, B. 07006 Palma , operador en su propio nombre y representación, con DNI 43088120N
Y DE OTRA PARTE (en adelante EL ENCARGADO DEL TRATAMIENTO)
Ambas partes se conforman con capacidad legal suficiente para suscribir el presente contrato que regula la cesión y/o acceder a datos de carácter personal entre los contratantes, de conformidad con el artículo 28 del Reglamento UE 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril relativo a la protección de las personas físicas en lo que respeta al tratamiento de datos personales ya la libre circulación de estos datos (RGPD), así como en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales (en adelante Ley 3/2018 Protección de Datos Personales o LOPDGDD), siendo de aplicación las siguientes cláusulas:
MANIFIESTAN
PRIMERO. El objeto del presente contrato es la regulación de la cesión y tratamiento de datos de carácter personal, entre el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO y el cliente RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 del RGPD. El RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO es titular de varios ficheros mixtos que contienen datos de carácter personal. El RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO viene utilizando, desde la fecha de la firma del contrato, los servicios que ofrece el ENCARGADO DE TRATAMIENTO, que será considerado encargado del tratamiento de los datos de carácter personal contenidos en los ficheros del RESPONSABLE, a los que tiene acceso y que son tratados para prestar los servicios contratados.
Objeto del encargo del tratamiento: enable al ENCARGADO DE TRATAMIENTO para tratar, por cuenta del RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO, los datos de carácter personal necesarios para prestar sus servicios.
Las operaciones concretas a realizar sobre los datos personales (marcar la/s casilla/s que corresponden):
Recogida
Registro
Estructuración
Modificación
Conservación
Extracción
Consulta
Comunicación por transmisión
Difusión
Interconexión
Cotejo
Limitación
Supresión
Destrucción
Comunicación
SEGUNDO. Para la ejecución de las prestaciones derivadas del cumplimiento del Objeto de este encargo el cliente, como Responsable del Tratamiento, pone a disposición de la Encargado del Tratamiento, la información que se describe continuación.
TERCERO. El presente acuerdo tiene una duración que se fija en el contrato de prestación de servicios entre las partes. Una vez finalice el contrato de prestación de servicios entre las partes, el Encargado del Tratamiento debe suprimir/devolver al Responsable y/o en su caso devolver a otro encargado que designe el Responsable los datos personales y suprimir cualquier copia que esté en su poder.
CUARTO. OBLIGACIONES DEL ENCARGADO DEL TRATAMIENTO
El Encargado del Tratamiento y todo su personal se obliga a:
A) Utilizar los datos personales objeto de tratamiento, o los que recoja para su inclusión, sólo para la finalidad objeto de este encargo. En ningún caso podrá utilizar los datos para fines propios. En ningún caso el Encargado del Tratamiento accederá o aplicará los datos contenidos en los ficheros para finalidades distintas de las establecidas en el presente contrato, ni los comunicará, ya sea de forma directa o indirecta, a terceras personas no autorizadas. El Encargado del Tratamiento dispone de un Documento de Seguridad y/o un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta del responsable. Además el Encargado del Tratamiento tiene implantadas medidas de seguridad del nivel correspondiente al tratamiento de los datos carácter personal que son objeto del presente contrato.
B) Tratar los datos de acuerdo con las instrucciones del Responsable del tratamiento. Si el Encargado del Tratamiento considera que alguna de las instrucciones infringe el RGPD o cualquier otra disposición en materia de protección de datos de la Unión o de los Estados miembros, el encargado informará inmediatamente al responsable. El Encargado del Tratamiento se compromete a cumplir con lo establecido en el presente contrato y con lo establecido en la normativa aplicable en materia de protección de datos. En el supuesto de incumplir cualquiera de sus obligaciones, el Encargado del Tratamiento tendrá la consideración de Responsable del Tratamiento, con todas las obligaciones que implica, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido personalmente.
C) Llevar, por escrito, un registro de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta del responsable.
D) No comunicar los datos a terceras personas, salvo que cuente con la autorización expresa del Responsable del tratamiento, en los supuestos legalmente admisibles. El encargado puede comunicar los a otros encargados del tratamiento del mismo responsable, de acuerdo con las instrucciones del responsable. En este caso, el Responsable identificará, de forma previa y por escrito, la entidad a la que se deben comunicar los datos, los datos a comunicar y las medidas de seguridad a aplicar para proceder a la comunicación. Si el encargado debe transferir datos personales a un tercer país o una organización internacional, en virtud del Derecho de la Unión o de los Estados miembros que le sean aplicables, informará al Responsable de esa exigencia legal de manera previa, salvo que tal Derecho lo prohíba por razones importantes de interés público.
E) Mantener el deber de secreto respecto a los datos de carácter personal a los que haya tenido acceso en virtud del presente encargo, incluso después de que finalice su objeto.
F) Garantizar que las personas autorizadas para tratar datos personales se comprometan, de forma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidad y a cumplir las medidas de seguridad correspondientes, de las que hay que informarles convenientemente.
G) Mantener a disposición del Responsable la documentación acreditativa del cumplimiento de la obligación establecida en el apartado anterior.
H) Garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos personales de las personas autorizadas para tratar datos personales.
I) Asistir al Responsable del tratamiento en la respuesta al ejercicio de los derechos de:
1. Acceso, rectificación, supresión y oposición.
2. Limitación del tratamiento.
3. Portabilidad de datos.
4. A no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas (incluida la elaboración de perfiles).
J) Dar apoyo al Responsable del tratamiento en la realización de las evaluaciones de impacto relativas a la protección de datos, cuando proceda.
K) Dar apoyo al Responsable del tratamiento en la realización de las consultas previas a la autoridad de control, cuando proceda.
L) Poner a disposición del Responsable del tratamiento toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de sus obligaciones, así como para la realización de las auditorías o las inspecciones que realicen el Responsable u otro auditor autorizado por él.
M) Designar un delegado de protección de datos y comunicar su identidad y datos de contacto al Responsable del tratamiento.
QUINTO. El Encargado del Tratamiento se obliga implantar las medidas de seguridad establecidas en el Documento de Seguridad o en el documento de registro de todas las categorías de actividades de tratamiento. En cualquier caso, el Encargado del Tratamiento deberá aplicar a los datos de carácter personal contenidos en los Ficheros las medidas de seguridad de obligatorias, en virtud de la naturaleza de la información tratada. El Responsable del tratamiento y, en su caso, el Encargado del Tratamiento, deberán anotar las medidas de índole técnica y organizativa de los datos de carácter personal para evitar su alteración, perdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que están expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural.
El Encargado del Tratamiento se podrá someter a las auditorías del Responsable del tratamiento, para garantizar el cumplimiento de las medidas de seguridad aplicables. En todo caso deberá implantar y acreditar mecanismos para garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento.
SEXTO. Devolver al encargado que designe por escrito el Responsable del tratamiento, los datos de carácter personal y, si procede, los soportes donde consten, una vez cumplida prestación.
La devolución debe comportar el borrado total de los datos existentes en los equipos informáticos utilizados por el encargado No obstante, el encargado puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación.
SÉPTIMO. El Encargado del Tratamiento y todo su personal se obliga a: no subcontratar ninguna de las prestaciones que formen parte del objeto de este contrato que comporten el tratamiento de datos personales, salvo los servicios auxiliares necesarios para el normal funcionamiento de los servicios del encargado.
Si fuera necesario subcontratar algún tratamiento, este hecho se deberá comunicar previamente y por escrito al responsable, con una antelación de 30 días, indicando los tratamientos que se pretende subcontratar e identificando de forma clara e inequívoca la empresa subcontratista y sus datos de contacto. La subcontratación podrá llevarse a cabo si el Responsable no manifiesta su oposición en el plazo establecido. El subcontratista, que también tendrá la condición de Encargado del Tratamiento, está obligado igualmente a cumplir las obligaciones establecidas en este documento para el Encargado del Tratamiento y las instrucciones que dicte el responsable.
Corresponde al encargado inicial regular la nueva relación de forma que el nuevo encargado quede sujeto a las mismas condiciones (instrucciones, obligaciones, medidas de seguridad…) y con los mismos requisitos formales que él, en lo referente al adecuado tratamiento de los datos personales y a la garantía de los derechos de las personas afectadas. En el caso de incumplimiento por parte del sub encargado, el encargado inicial seguirá siendo plenamente Responsable ante el Responsable en lo referente al cumplimiento de las obligaciones.
OCTAVO. Cuando las personas afectadas ejerzan los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación del tratamiento, portabilidad de datos y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas, ante el Encargado del Tratamiento, éste debe comunicarlo por correo electrónico a la dirección indicada por el responsable. La comunicación debe hacerse de forma inmediata y en ningún caso más allá del día laborable siguiente al de la recepción de la solicitud, juntamente, en su caso, con otras informaciones que puedan ser relevantes para resolver la solicitud.
NOVENO. Notificación de violaciones de la seguridad de los datos. El Encargado del Tratamiento notificará al Responsable del tratamiento, sin dilación indebida, y en cualquier caso antes del plazo máximo de 24 horas, al correo electrónico del Responsable, las violaciones de la seguridad de los datos personales a su cargo de las que tenga conocimiento, juntamente con toda la información relevante para la documentación y comunicación de la incidencia. No será necesaria la notificación cuando sea improbable que dicha violación de la seguridad constituya un riesgo para los derechos y las libertades de las personas físicas.
Si se dispone de ella se facilitará, como mínimo, la información siguiente:
a) Descripción de la naturaleza de la violación de la seguridad de los datos personales, inclusive, cuando sea posible, las categorías y el número aproximado de interesados afectados, y las categorías y el número aproximado de registros de datos personales afectados.
b) El nombre y los datos de contacto del delegado de protección de datos o de otro punto de contacto en el que pueda obtenerse más información.
c) Descripción de las posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los datos personales.
d) Descripción de las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio a la violación de la seguridad de los datos personales, incluyendo, si procede, las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos.
Si no es posible facilitar la información simultáneamente, y en la medida en que no lo sea, la información se facilitará de manera gradual sin dilación indebida. Corresponde al Responsable del Tratamiento comunicar las violaciones de seguridad de los datos a la Autoridad de Protección de Datos. Corresponde al Responsable del Tratamiento comunicar en el menor tiempo posible las violaciones de seguridad de los datos a los interesados, cuando sea probable que la violación suponga un alto riesgo para los derechos y libertades de las personas físicas.
DÉCIMO. Corresponde al Responsable:
A) Facilitar el derecho de información en el momento de la recogida de los datos.
B) Entregar al encargado los datos necesarios y proporcionarle acceso a los recursos necesarios de sus sistemas de información para que pueda prestar el servicio objeto del contrato.
C) Velar, de forma previa y durante todo el tratamiento, por el cumplimiento de la normativa aplicable en materia de protección de datos personales por parte del Encargado del Tratamiento.
D) Supervisar el tratamiento.
DÉCIMOPRIMERO. El presente contrato tendrá un plazo de duración determinado en función de los servicios que el Encargado del Tratamiento realice por cuenta del Responsable del tratamiento. De tal manera que una vez finalizados los servicios, el presente Contrato se entenderá extinguido, salvo que las Partes de mutuo acuerdo y por escrito decidan prorrogar la vigencia del mismo.
DÉCIMOSEGUNDO. El presente Contrato se regirá e interpretara de acuerdo con las leyes de España y se someterá a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales competentes.
DÉCIMOTERCERO. Todas las notificaciones, requerimientos, peticiones y otras comunicaciones que hayan de efectuarse entre las Partes en relación con el presente Contrato, deberán realizarse por escrito y se entenderá que han sido debidamente realizadas cuando hayan sido entregadas en mano o bien remitidas por correo certificado al domicilio de la otra Parte que conste en el encabezamiento del presente Contrato.
DÉCIMOCUARTO. Información acerca del tratamiento de los datos personales contenidos en el presente contrato.
Los representantes de ambas partes reconocen quedar informados y consentir en que sus datos personales se incorporen a los sistemas y sean tratados por la otra parte, con la finalidad del correcto desarrollo de los servicios objeto del presente contrato, siendo necesarios para la realización del mismo.
Al objeto de mantener los datos actualizados en todo momento, cada parte deberá comunicar a la otra cualquier modificación en dichos datos de carácter personal.
Cualesquiera interesados tiene derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control y podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento y oposición, así como de portabilidad, solicitándolo a la parte que corresponda a la dirección indicada al inicio del presente documento, especificando el derecho que ejerce y aportando documento oficial válido que le identifique.
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De acuerdo con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 General de Protección de Datos (RGPD), se le informa de lo siguiente:
1.- RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO: LUISA RIPOLL SIQUIER
Dirección: Carrer Perez Galdos 10, 5º, B. 07006 Palma
Contacto: luisaripolls@gmail.com
Web: www.inmoetica.com
2.- FINALIDAD: gestionar los servicios solicitados, así como remitirle información sobre nuestra actividad y productos por medios electrónicos. ENVÍOS DE COMUNICACIONES COMERCIALES: SI □ NO □ Usted puede revocar este consentimiento en cualquier momento, mediante notificación escrita al Responsable.
3.- LEGITIMACION: ejecución del contrato para la correcta prestación del servicio, incluyendo todos los trámites administrativos, fiscales y contables. Habilitación legal en base al Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. Consentimiento del usuario.
4.- PLAZOS DE CONSERVACIÓN: Sus datos personales serán mantenidos mientras se mantenga la vigencia del presente contrato. Al finalizar la misma, se mantendrán durante los plazos legales previstos.
5.- DESTINATARIOS: el Responsable.
No se cederán sus datos a terceros, salvo obligación legal.
Al trabajar en un sistema de carpetas compartidas en la aplicación Google Drive, se realizará una transferencia internacional a Estados Unidos bajo la habilitación del acuerdo EEUU-Unión Europea Privacy Shield. Más información: https://www.privacyshield.gov/welcome
OTROS DESTINATARIOS:
SI □ NO □ Web del Responsable del tratamiento www.inmoetica.com
6.- DERECHOS: usted puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad. En caso de desear ejercer cualquiera de los derechos mencionados, el Responsable le facilitará un formulario adecuado, que debe ser presentado en la dirección Carrer Perez Galdos 10, 5º, B. 07006 Palma, adjuntando su DNI o pasaporte o bien a la siguiente dirección de correo electrónico luisaripolls@gmail.com Tiene derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos en el supuesto que considere que no se ha atendido convenientemente el ejercicio de sus derechos (www.aepd.es) El plazo máximo para resolver es el de un mes a contar desde la recepción de su solicitud.
En el caso de que se produjo alguna modificación de sus datos, le agradecemos que lo comunique debidamente por escrito con la finalidad de mantener sus datos actualizados.